JUICIOS PARALELOS

jurado

Cuando un proceso judicial que será juzgado por jurados es primera plana en medios de comunicación puede originarse un juicio paralelo, fenómeno que consiste en la influencia de la información previamente recibida a través de los medios de comunicación en el desarrollo de su labor profesional en los miembros del jurado y que puede influir en su imparcialidad.

La convivencia de la labor informativa y del sistema de procedimiento por jurados regulado en la Ley Orgánica 5/1999, de 22 de mayo , que en España sólo se aplica en el ámbito penal, repercute en dos grandes principios procesales que rigen estos procesos: la presunción de inocencia del imputado y  la necesaria imparcialidad del juzgador.

Se establecen en base a dichos principios los pilares del sistema de garantías del inculpado; pero, la realidad lo que nos demuestra es que en muchos casos una publicidad excesiva del caso puede llevar a predisponer a la opinión pública.

juicios paralelos

El jurado debe basarse únicamente en las pruebas presentadas durante el proceso, y si las pruebas presentadas no destruyen la presunción de inocencia, se dictará sentencia absolutoria. Pero, se da la circunstancia de que muchos de los que formarán parte del jurado llegarán al tribunal habiendo oído opiniones y noticias sobre el caso, y en el peor de los supuestos con una opinión ya formada sobre la culpabilidad o inocencia del imputado y eso no beneficia a la imparcialidad.

Un juicio justo debe conllevar la necesidad de asegurar dicha imparcialidad; ahora, la cuestión es: ¿cuál es la influencia real de los medios de comunicación en los juicios por jurado?, ¿afectan a la imparcialidad del juzgador?.

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