{"id":598,"date":"2014-01-13T07:16:06","date_gmt":"2014-01-13T07:16:06","guid":{"rendered":"http:\/\/bsrabogados.es\/?p=598"},"modified":"2014-03-18T10:44:48","modified_gmt":"2014-03-18T10:44:48","slug":"nueva-regulacion-que-incrementa-la-cotizacion-a-la-seguridad-social","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/bsrabogados.es\/?p=598","title":{"rendered":"NUEVA REGULACION QUE INCREMENTA LA COTIZACI\u00d3N A LA SEGURIDAD SOCIAL"},"content":{"rendered":"<div style=\"width: 679px\" class=\"wp-caption aligncenter\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" alt=\"\" src=\"https:\/\/lh3.googleusercontent.com\/-V_Sbt4C6h9U\/UtLW4JuZmsI\/AAAAAAAAAWo\/7aWCbVJ86OA\/w669-h476-no\/cotizacion+monedas.jpg\" width=\"669\" height=\"476\" \/><p class=\"wp-caption-text\">NUEVA COTIZACION A LA SEGURIDAD SOCIAL<\/p><\/div>\n<p>La reciente normativa laboral obliga a las empresas a cotizar a la Seguridad Social por conceptos que hasta ahora estaban exentos. <!--more  Contin\u00faa leyendo y si te gusta\u2026 comp\u00e1rtelo--><\/p>\n<p>El 21 de diciembre de 2013 se public\u00f3 en el BOE un Real Decreto, <a href=\"http:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2013\/12\/21\/pdfs\/BOE-A-2013-13426.pdf\" target=\"_blank\">RDL 16\/2013, de 20 de diciembre, de medidas para la favorecer la contrataci\u00f3n estable y mejora de la empleabilidad de los trabajadores<\/a>, en el que, junto a otras <strong>novedades laborales<\/strong>, se establece una primicia en la <strong>cotizaci\u00f3n de trabajadores y empresas a la Seguridad Social<\/strong>, al <strong>incluir conceptos<\/strong> en la <strong>cotizaci\u00f3n<\/strong> hasta ahora no establecidos en la legislaci\u00f3n laboral y que entr\u00f3 <strong>en vigor<\/strong> al d\u00eda siguiente de su publicaci\u00f3n en el BOE, el <strong>22 de diciembre de 2013.<\/strong><\/p>\n<p><strong>MUCHAS EMPRESAS AUN NO CONOCEN QUE EXISTE ESTA OBLIGACI\u00d3N<\/strong>. A pesar de que esta medida est\u00e1 vigente desde el pasado 22 de diciembre a\u00fan hay muchas empresas, <strong>especialmente peque\u00f1as y medianas<\/strong>, que desconocen sus nuevas obligaciones, cuando la normativa est\u00e1 en vigor y es de <strong>obligado cumplimiento<\/strong> para todos.<\/p>\n<p><strong>APLICACI\u00d3N OBLIGADA<\/strong>: Todas las <strong>empresas con personal asalariado<\/strong> est\u00e1n obligadas a cumplir la nueva normativa, y afecta a todos los trabajadores, a <strong>excepci\u00f3n<\/strong> de los que est\u00e1n cotizando por la <strong>m\u00e1xima base de cotizaci\u00f3n<\/strong>; es decir, 3.597 euros al mes, debido a que no puede cotizarse m\u00e1s llegado a ese tope.<\/p>\n<p><strong>FINALIDAD ALEGADA<\/strong>: La nueva norma alega que el incremento de los conceptos retributivos de las n\u00f3minas establecidos por el Ministerio de Empleo se computar\u00e1n en la base de cotizaci\u00f3n lo que significar\u00eda <strong>un incremento ingresos en Tesorer\u00eda<\/strong>; de hecho, a\u00fan no hay c\u00e1lculos; pero, podr\u00edan llegar a 1.000 millones de euros.<\/p>\n<p><strong>AFECTACI\u00d3N A EMPRESA Y TRABAJADORES<\/strong>: Lo malo es que en <strong>plena crisis econ\u00f3mica<\/strong> y cuando muchas empresas est\u00e1n intentando mantenerse a flote, una <strong>nueva obligaci\u00f3n tributaria<\/strong> puede ser un nuevo \u00f3bice a su <strong>supervivencia<\/strong>. Pero, esta medida no s\u00f3lo se aplica a las empresas; sino que, tambi\u00e9n va a repercutir en las n\u00f3minas de los empleados. <strong>El 6% del trabajador<\/strong> se detraer\u00e1 del <strong>bruto de los pluses<\/strong> que cobra el empleado, con lo que la <strong>n\u00f3mina neta<\/strong> puede verse <strong>rebajada<\/strong>, <strong>o<\/strong> el valor de los cheques de comida o transportes <strong>disminuidos<\/strong> en esa proporci\u00f3n del 6%; <strong>salvo que por convenio colectivo<\/strong> se establezca que dicha cantidad <strong>se recibir\u00e1 integra<\/strong>, en cuyo caso, ha de suponerse que o lo <strong>asumir\u00e1<\/strong> tambi\u00e9n la empresa <strong>o<\/strong> ser\u00e1 cuesti\u00f3n de litigio sobre lo que tendr\u00e1 que <strong>pronunciarse la jurisdicci\u00f3n social<\/strong> en su momento.<\/p>\n<p><strong>CUANT\u00cdA DEL INCREMENTO DE LA BASE DE COTIZACI\u00d3N<\/strong>: A partir de esa fecha las empresas van a cotizar a la Seguridad Social incrementando la base de cotizaci\u00f3n del trabajador por nuevos conceptos, antes excluidos o al menos, en parte. Un coste econ\u00f3mico que puede significar para las <strong>empresas<\/strong> un incremento aproximado de un <strong>30% adicional<\/strong> para percepciones que antes estaban exentas de cotizaci\u00f3n; y sin olvidar, que para los <strong>trabajadores<\/strong> la repercusi\u00f3n ser\u00e1 de ese <strong>6%<\/strong> a reducir del bruto anual de la gran mayor\u00eda de sus pluses.<\/p>\n<p><strong>CONCEPTOS A LOS QUE SE APLICA<\/strong>: La medida afectar\u00e1 a aportaciones a <strong>planes<\/strong> de <strong>pensiones<\/strong>, <strong>vales de comida<\/strong>, cheques de <strong>guarder\u00eda<\/strong>, ayuda de <strong>estudios<\/strong> para hijos de empleados, <strong>formaci\u00f3n<\/strong> distinta a la necesaria para el desarrollo del puesto, seguros de <strong>salud<\/strong>, ayuda de <strong>vestuario<\/strong>, <strong>herramientas<\/strong>, plus de <strong>transporte<\/strong>, y a las <strong>acciones<\/strong> o <strong>participaciones<\/strong> de la empresa, entre otras.<\/p>\n<p><strong>CONCEPTOS A LOS QUE NO SE APLICA<\/strong>: Dicha medida no se aplicar\u00e1 a conceptos como: <strong>locomoci\u00f3n<\/strong> fuera del centro habitual de trabajo en transporte p\u00fablico, <strong>indemnizaciones<\/strong> legales por <strong>despido<\/strong>, indemnizaciones por <strong>fallecimiento<\/strong>, mejoras de <strong>incapacidad temporal<\/strong>, ayudas a <strong>formaci\u00f3n si es necesaria para el desarrollo del puesto<\/strong> de trabajo, <strong>horas extraordinarias<\/strong> y <strong>dietas<\/strong>; si bien, es preciso determinar que en cuanto a las dietas de viaje s\u00f3lo van a cotizar los gastos superiores a una cuant\u00eda determinada, entre los 26 y 91 euros diarios, manteni\u00e9ndose los criterios en este punto invariables conforme a la anterior normativa a diciembre de 2013.<\/p>\n<p><strong>REPERCUSIONES FUTURAS<\/strong>: Los expertos ya prev\u00e9n pr\u00e1cticas repercusiones por pura econom\u00eda de\u00a0las <strong>empresas de servicios de dichas prestaciones, lo que afectar\u00e1 a sus ingresos y empleos; as\u00ed como en las empresas con esos\u00a0beneficios<\/strong>\u00a0antes exentos de cotizaci\u00f3n <strong>porque<\/strong> en muchos casos por decisi\u00f3n empresarial \u2013siempre que el convenio colectivo y la regulaci\u00f3n aplicable a cada caso lo permita- <strong>dejar\u00e1n de facilitar dichos beneficios sociales<\/strong> a los trabajadores por pura<strong> cuesti\u00f3n de costes<\/strong> para as\u00ed compensar el incremento del cotizaci\u00f3n que conlleva la aplicaci\u00f3n obligada de dicha normativa.<\/p>\n<p>La empresa incrementa los costes con <strong>cargas<\/strong> en <strong>retribuciones en especie<\/strong> y los trabajadores ver\u00e1n disminuir sus prestaciones o pasar\u00e1n a formar parte de su salario, previ\u00e9ndose tambi\u00e9n la posible <strong>desaparici\u00f3n de servicios<\/strong> como por ejemplo, cheques restaurante, todos esos beneficios sociales que hasta ahora estaban exentos y por las que con la nueva normativa tambi\u00e9n <strong>ha de pagar un precio, empresa y trabajador<\/strong>; por lo que, puede que las veamos <strong>transformarse, disminuir o desaparecer<\/strong>.<\/p>\n<p>Al margen, la <strong>inminente entrada en vigor<\/strong> unos d\u00edas antes de Nochebuena ha creado cierto <strong>caos<\/strong> en los <strong>Departamentos de RRHH<\/strong> en empresas, <strong>y<\/strong> lo mismo ha ocurrido en las <strong>gestor\u00edas laborales<\/strong>, con programas de imposible actualizaci\u00f3n inmediata ante una reforma que entraba en vigor el d\u00eda 22 de diciembre cuando la mayor\u00eda de las <strong>n\u00f3minas<\/strong> se <strong>hab\u00edan emitido el d\u00eda 20 de cada mes<\/strong>, lo que ha llevado a que muchas n\u00f3minas se hayan <strong>corregido a mano<\/strong> para solventar la entrada en vigor de la normativa al d\u00eda siguiente de su publicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En los pr\u00f3ximos meses <strong>veremos su evoluci\u00f3n<\/strong>; pero, por ahora la sorpresa y el caos ha sido una nota adicional a esta regulaci\u00f3n que conlleva la cotizaci\u00f3n <strong>por prestaciones en especie hasta este momento exentas<\/strong>, total o parcialmente de cotizaci\u00f3n a la Seguridad Social.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La reciente normativa laboral obliga a las empresas a cotizar a la Seguridad Social por conceptos que hasta ahora estaban exentos.<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1,8,11],"tags":[],"class_list":["post-598","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-general","category-laboral","category-procesal"],"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/bsrabogados.es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/598","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/bsrabogados.es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/bsrabogados.es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/bsrabogados.es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/bsrabogados.es\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=598"}],"version-history":[{"count":7,"href":"https:\/\/bsrabogados.es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/598\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":600,"href":"https:\/\/bsrabogados.es\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/598\/revisions\/600"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/bsrabogados.es\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=598"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/bsrabogados.es\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=598"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/bsrabogados.es\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=598"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}