8 Novedades en la nueva Ley de Tráfico

La nueva normativa de tráfico tiene modificaciones de interés que debes conocer seas conductor o peatón.

Algunos de los aspectos novedosos que vamos a comentarte no se incluyen más que de forma indicativa en la nueva Ley que entra en abril en vigor, y será en el futuro Reglamento General de Circulación donde se irán llevando a cabo la especificación y desarrollo de toda la reforma que puede resumirse en estos 8 puntos:

1.- PRUEBAS DE ALCOHOLEMIA Y DROGAS.- Se produce una elevación multas por alcoholemia y drogas de 500 a 1000 euros. El sistema de control se realizará con pruebas saliva in situ, un posterior análisis en laboratorio y el derecho a  una prueba de contraste por análisis de sangre. La detección de drogas conllevará siempre una sanción de 1000 euros.

2.- PEATONES.- Como novedad, si los peatones cometen infracciones deberán someterse también a controles de alcoholemia y drogas cuando sean víctimas o participen en un accidente.

3.- VELOCIDAD.- Se incrementa la velocidad máxima a 130 k/h en tramos de autopista con poca siniestralidad. Y por el contrario se establece un límite a la baja en 20 k/h en algunas zonas urbanas.

Superar límites velocidad conllevará una multa entre 100 y 500 euros y la consiguiente pérdida de puntos, bastando sobrepasar tan sólo un 1k/h de la velocidad permitida para imponer la sanción. La multa será de 100 euros y si se superan los 150 k/h la sanción se incrementa a 500 euros.

4.- CIRCULANDO SE PROHIBEN.- Los detectores de radares, imponiéndose una sanción 200 euros y 3 puntos menos. Diferenciándolos de los inhibidores de radar que hacen que no se detecte la velocidad y que ya estaban prohibidos.

5.- SILLAS PARA MENORES.- Las sillas para menores en asientos traseros se regularán por talla, no por edad, que hasta ahora era de 3 años para asientos traseros;  y para menores entre 3 y 12 años, la silla se regula en asientos traseros y delanteros.

6.- ATROPELLOS DE ANIMALES: En caso de atropellos de animales salvajes se establece una responsabilidad para todos los conductores, excepto en casos en que el accidente se haya producido por acciones de caza o por falta de reparación en el vallado o por mala señalización.

7.- INMOBILIZACIONES DE VEHÍCULOS.- Se establecen dos nuevos supuestos de inmovilización de vehículos de transportes: una, por incumplimiento de condiciones de autorización del transporte, como peso máximo u horarios) y, otra, cuando se conduzca sin el correspondiente permiso específico de autobuses o camiones. 

 8.- PAGO EXPRÉS DE MULTAS.- En cuanto a las multas, tenemos dos opciones o pagarla o hacer alegaciones, si la pagamos tendremos una reducción del 50% de la cuantía, y si alegamos, perdemos ese derecho a la reducción. Para ambas opciones disponemos de 20 días naturales, pasados los cuales, sin pago ni alegaciones se inicia un procedimiento ejecutivo de cobro exprés con ayuda de la Agencia Tributaria.

 Otra novedad es que el pago de las sanciones podrá hacerse por Internet, en la página www.dgt.es, o en cualquier oficina de correos o en el Banco Santander.

 

Esta entrada fue publicada en General, Tráfico. Guarda el enlace permanente.