LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES 3/2018 Y LA GARANTÍA DE LOS DERECHOS DIGITALES

La protección de datos es muy importante en el mundo digital

La Ley de Protección de Datos de carácter personal de 2018, Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, denominada Ley de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, adaptó a la normativa de datos española al Reglamento europeo de Protección de datos.

De este modo, se han introducido las siguientes mejoras como las más destacables y las que afectan de un modo más directo al mundo digital:

1.- La edad mínima de un menor para prestar consentimiento respecto al uso de sus datos personales en Internet y RRSS se fija en 14 años. Y se pide colaboración al sistema educativo en cuanto a formación a fin de garantizar la mejor protección de los datos personales.

2.- En Internet los ciudadanos podrán informase de forma segura, fácil y clara de lo relativo a lo más importante del tratamiento de sus datos, mediante un sistema de capas, que permite mediante un link acceder a más información.

3.- El derecho al olvido en Internet y RRSS queda expresamente reconocido. Si bien, se establece la excepción de que los datos provengan de terceros en ejercicio de actividades profesionales o domésticas.

4.- En materia de videovigilancia o grabación de audios en empresas a sus trabajadores, es preciso que el trabajador esté expresamente informado. Al igual que en el caso de sistemas de geolocalización de los trabajadores, en pro de su derecho a la intimidad.

5.- Los datos de personales que obran en poder de ficheros de morosos reducen a 5 el máximo de inclusión de esos datos relativos a deudas. Siendo la cantidad mínima para la inclusión la de 50 euros de deuda.

6.- Se pretende regular en materia de competencia desleal las prácticas que pretenden suplantar a la Agencia Española de protección de datos.

7.- Se crea un sistema de denuncias internas de carácter anónimo para el caso de vulneraciones de la normativa de protección de datos personales.

8.- Los familiares de los fallecidos podrán acceder suprimir o rectificar los datos de éstos -salvo expresa prohibición previa de la persona fallecida.

Te dejo en este link el texto íntegro de la Ley para su consulta.

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