
Lo que tienen en común estos Juzgados es que pueden existir uno o varios y extender su jurisdicción a uno o más partidos de la provincia o, incluso, dependiendo del volumen de asuntos que se tramiten, a varias provincias de una misma Comunidad Autónoma. Y su sede se encuentra en las capitales de provincia; pero, vemos sus especialidades competenciales.
1.- Los Juzgados de lo Penal: Se encargan de enjuiciar los delitos que les son atribuidos por Ley, después de que haya realizado la fase de investigación el Juzgado de Instrucción.
2.- Los Juzgados de lo Contencioso Administrativo: Conocerán en primera o única instancia, los recursos contencioso administrativos que se interpongan contra actos determinados legalmente.
- Autorizan la entrada en los domicilios y lugares que requieran el consentimiento del titular, si es necesario para la ejecución forzosa de un acto administrativo.
3.- Los Juzgados de lo Social: Enjuician de causas laborales, desde despidos, reclamaciones de cantidad, reconocimiento de derechos de los trabajadores, ejecuciones judiciales, etc.
4.- Los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria: Son los encargados de la ejecución de las penas privativas de libertad y llevan a cabo la función de control sobre las autoridades penitenciarias en pro de la defensa de los derechos de los internos.
5.- Los Juzgados de Menores: Son los encargados de los casos relativos a menores que han cometido delitos.
6.- Los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción: Su nombre se une al del municipio en que tienen su sede y bien, un Juzgados tiene ambas competencias o podemos encontrarlos como Juzgados diferenciados, es decir, un Juzgado de Primera Instancia (asuntos civiles) y Juzgado de Instrucción (asuntos penales), dependiendo del partido judicial en que tienen jurisdicción y competencia.
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