En el año 2014 algunos impuestos sólo puedes presentarlos ya electrónicamente y muchas personas obligadas aún no lo saben. Una importante novedad que se incorpora para quedarse y que afecta a muchos impuestos de carácter trimestral y anual.
La finalidad alegada por la Administración para este cambio es evitar desplazamientos y largas colas de espera en el momento de su presentaión; pero, muchos contribuyentes declaran estar agobiados con este nuevo sistema.
Algunos porque consideran no controlar demasiado el uso de Internet, otros preocupados por no comprender el funcionamiento de los formularios online, y otros, simplemente se preguntan por la seguridad de sus datos en la red.
A partir de ahora, para las declaraciones de impuestos que tengas que presentar obligatoriamente por Internet podrás utilizar un certificado de firma electrónica o tu DNI electrónico.
Si no dispones de ninguno de estos dos sistemas, puedes servirte un de un PIN24H, que obtendrás en la sede electrónica de la agencia tributaria, un sistema fácil, y que consiste en que, una vez que te identificas con tu DNI , te remiten una clave a tu teléfono móvil que puedes utilizar durante un plazo máximo de 24 horas; pero, recuerda, si dejas transcurrir ese plazo sin utilizarlo, tendrás que solicitar otro pin porque es imprescindible para presentar tu impuesto y su validez como ves es muy breve.
El número de declaraciones que han de presentarse obligatoriamente por este sistema telemático va in crescendo. Algunos impuestos aún en el mes de enero, como el modelo 390, han podido presentarse mediante sms; y en modelos como el 111 y 303 ha bastado una predeclaración obtenida en internet y presentada después en papel en cualquier oficina de la Agencia Tributaria; lo cierto, es que la obligación avanza a pasos agigantados de cara al segundo trimestre del año, y es ya una realidad que nadie podemos desconocer.
No esperes hasta el último momento y comienza a informarte de cuáles de tus impuestos habituales tienes que presentarlos obligatoriamente por Internet, acude a tu oficina de la Agencia Tributaria más cercana o hazlo directamente en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.