Adjudicación de herencia

 

Adjudicar una herencia es un trámite imprescindible tras el fallecimiento de una persona

Para que a un heredero le adjudiquen los bienes de una herencia que le corresponden  se exige tras un fallecimiento que se realicen distintos trámites que debes conocer.

Efectivamente, con el fin de que los herederos pasen a ser titulares de los bienes que adquieren mediante herencia es preciso realizar la denominada escritura de manifestación, partición y adjudicación de herencia.

En dicho documento  los bienes y derechos del fallecido se enumeran y valoran, así como se fija el caudal relicto o total de la herencia, procediéndose a continuación a atribuir y adjudicar a cada heredero la parte que le corresponde. En este punto hablamos de partición y adjudicación de herencia.

Dependiendo de si el fallecido otorgó o no testamento los herederos deberán aportar distintos documentos y realizar diferentes gestiones.

Si otorgó testamento, los herederos necesitan aportar:

1.- El certificado de defunción, que se obtiene en el Registro Civil.

2.- El certificado de actos de última voluntad, que se obtiene en el Ministerio de Justicia.

3.- La copia autorizada del testamento, que se obtiene en el Notario ante el que el fallecido otorgó en vida testamento.

Dichos documentos tendrán que presentarse ante un Notario para otorgar escritura pública de partición y adjudicación de herencia.

Si, por el contrario el fallecido no había otorgado testamento será precisa una declaración de que son los legítimos herederos y que son los únicos.

Esta declaración fehaciente puede obtenerse de distinta manera, según los herederos sean hijos, cónyuges y padres; o bien, el resto de herederos; así:

1.- Si se trata de hijos, cónyuge o padres, éstos deberán obtener la declaración fehaciente vía notarial.

2.- El resto de parientes tendrán que acudir a un procedimiento judicial para obtener la declaración judicial.

Será el Notario el que realice la escritura de partición y adjudicación de la herencia, y han de acudir todos los herederos a firmarla. Es a partir de ese momento cuando cada heredero adquiere la titularidad de su parte de la herencia.

 

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