De la doctrina reiterada del Tribunal Constitucional pueden extraerse los puntos claves para saber cómo solventar un conflicto entre el derecho a la información y otros derechos fundamentales reconocidos en la Constitución española de 1978
Cuando se ejercitan los derechos de comunicación por un periodista o Medio de Comunicación tradicional o digital, esas informaciones o expresiones reconocidas en su ejercicio el art. 20 CE, pueden afectar a otros derechos constitucionales.
Publicado enConstitucional, General, Periodismo y Medios de Comunicación|Comentarios desactivados en 8 CLAVES DE LA DOCTRINA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EN CASO DE CONFLICTO ENTRE DERECHO A LA INFORMACIÓN Y LOS DERECHOS AL HONOR, INTIMIDAD O PROPIA IMAGEN
Somos dueños de nuestra imagen, tenemos derecho a decidir sobre la misma y sobre su utilización. De hecho, una garantía constitucional nos permite decidir libremente si consentimos o no su uso por terceras personas, ya sea una imagen fija, como en fotografía, o en movimiento, en un vídeo; e independientemente del modo de difusión, incluso en redes sociales. Continúa leyendo y si te gusta… compártelo
Para los jurados cada vez es más difícil no haber tenido noticia alguna del caso antes de emitir su veredicto
Uno de los aspectos más importantes en donde radica la repercusión de los medios de comunicación en el proceso es en la apreciación de las pruebas por parte de los miembros del jurado. Continúa leyendo y si te gusta… compártelo
Publicado enGeneral|Comentarios desactivados en Prensa vs la imparcialidad de los miembros del jurado
LA AGENCIA TRIBUTARIA DEVUELVE DINERO A LOS PENSIONISTAS.
¡LA GESTIÓN TE LLEVARÁ 5 MINUTOS!
Una reciente sentencia del Tribunal Supremo facilita que los actuales jubilados recuperen fácilmente la parte de su pensión que se les retuvo en exceso, hablamos del concepto de aportación a mutualidades, que no debe confundirse con que alguien fuera o no mutualista, porque este error de perogrullo ha hecho que muchas personas con derecho a esta devolución no lo estén reclamando.
Hacienda nos lo pone muy fácil en esta ocasión y todos tenemos un jubilado cerca a quien poder ayudar mucho con este post. Dedica a leerlo 2 minutos.
El método de devolución es verdaderamente sencillo. Basta con acudir a la Delegación de Hacienda más cercana con el DNI y un número de cuenta para el ingreso. Lo están gestionando muy bien, rápidamente, directamente en ventanilla y sin complicaciones para el contribuyente.
La base se encuentra en la DT2 del IRPF y en la sentencia del Tribunal Supremo de 20 de enero de este año 2024.
Una vez que hemos acudido, Hacienda comprobará automáticamente en los días siguientes los últimos cinco años (del 2019 al 2023); pues, los anteriores han prescrito y si comprueban que efectivamente se retuvo en las pensiones de los jubilados que han reclamado en concepto de mutualidades -que ha sido la tónica habitual- se devolverá lo retenido indebidamente en ese periodo de cinco años.
También puede hacerse por Internet desde la página de la Agencia Tributaria (como siempre con nº de referencia, clave pin, e DNI o certificado digital) donde han colgado un formulario que del mismo modo sólo solicita los datos personales y ese número de cuenta para la devolución. Aunque muchos jubilados que tienen derecho a ello padecen brecha digital, otros no, y también os tienen a vosotros y vosotras para ayudar en este trámite sencillísimo 😉
Si te preguntas cuánto devolverán. Todo dependerá de si se descontaron o no en las pensiones de jubilación -ya os reitero que prácticamente en todos los casos, salvo autónomos y pensiones no contributivas-, y de qué cantidad descontaron en esos años (100€, 2.000€, 3.000€, etc.); pero, en todo caso, las devoluciones tendrán un tope máximo de 4.000€.
Quiero insistir en que la gran mayoría de jubilados actuales tienen derecho a esa devolución. Y desde luego, mi recomendación es hacer el trámite, máxime cuanto es tan fácil tras la sentencia que reconoce el derecho a la devolución de una cantidad nada despreciable a cambio de un trámite de 5 minutos.
Si eres jubilado hazlo, y si no lo eres, pero, conoces a alguien que lo sea, anímales a que lo realicen, porque desde luego, nada se pierde y si se tiene derecho a ello, merece la pena.
La Agencia Tributaria recomienda que si es posible, tras realizar el trámite, se espere a finales de abril de 2024 para realizar la declaración anual del IRPF, porque tras tener los datos del jubilado/a que ha realizado la gestión, intentarán reflejar la devolución de esas cantidades ya en el borrador del IRPF que hay que realizar este año.
En todo caso, aún si ya la has presentado, puedes realizar el trámite igualmente, aunque no se reflejará obviamente en la declaración presentada ahora; pero, el derecho a la devolución existe.
A los que os devuelvan dinero gracias a este post, enhorabuena!.
Y a los que lo habéis leído sin ser jubilados, por favor, compartid este post, seguro que a muchos de vuestros contactos y familiares les resulta de gran utilidad.
La revista jurídica digitalEl Derecho publica esta semana una entrevista con Beatriz Sanjurjo Rebollo, autora del Manual de Internet y Redes Sociales. En ella nos habla entre otras cosas sobre la LPI, el derecho al olvido o el uso de las redes sociales.
En la entrevista publicada por el área de nuevas tecnologías de la información y comunicación de la revista El Derecho, en su sección Law&TIC, encontrarás además la respuesta a otras interesantes preguntas sobre el proyecto Watson de IBM, Internet de las cosas, la herencia del perfil de Facebook, las redes sociales y los trabajadores, y otros temas de actualidad, de interés para particulares, profesionales y despachos de abogados
Si quieres leer la entrevista completa pincha aquí.
Beatriz Sanjurjo Rebollo dice al prestigioso Grupo @EdicionesFL: “Aún queda mucho por conseguir respecto al derecho de autodeterminación informativa de nuestra huella digital en Internet”. ¿Tú qué opinas?
La carta de despido exige toda tu atención si quieres proteger tus derechos
Una carta de despido no puede firmarse sin comprobar algunos datos y sin saber exactamente qué hacer o cómo actuar cuando te la presentan para que la firmes. Conocer este decálogo puede serte de mucha utilidad. Continúa leyendo y si te gusta… compártelo
Este mes son muchas las preguntas respecto al Parlamento europeo quizás porque tenemos señalada en España la fecha del 25 de mayo de 2014 para las elecciones.
Lee estos 5 conceptos básicos sobre el Parlamento Europeo porque clarifican la institución y te permitirán adquirir criterios objetivos entorno a la institución de la UE:
Una duda habitual cuando se produce un despido disciplinario es si esta situación da o no lugar a la percepción de una prestación económica por desempleo ; en definitiva, si te ocurrirá probablemente saber muchas cosas.
Cuando se produce un despido laboral la indemnización que recibe el trabajador depende del tipo de causa de despido alegada por la empresa o decidida por los tribunales si el caso se lleva a juicio.Continúa leyendo y si te gusta… compártelo
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